Respuesta directa: desde el 1° de julio de 2026, el mínimo para una empleada de tareas generales (5ª categoría) con retiro es de $458.053 mensuales. Si trabaja menos de 24 horas semanales, se paga $3.734 por hora. Seguí leyendo para encontrar la categoría exacta de tu caso.

Escalas salariales vigentes — julio 2026

Las siguientes escalas están vigentes a partir del 1° de julio de 2026, según la Resolución N° 4/2026 publicada en el Boletín Oficial.

Vigentes desde el 1° de julio de 2026
Categoría Con retiro / mes Sin retiro / mes Valor hora
1ª — Supervisor/a
Coordina 2 o más personas a cargo
$553.726 $612.673 $4.439 / $4.829
2ª — Tareas específicas
Cocineros/as y tareas de especial idoneidad
$517.006 $571.426 $4.223 / $4.597
3ª — Caseros/as
Cuidado general de una vivienda donde habita
$505.303 $3.996
4ª — Asistencia y cuidado de personas
Enfermos, personas con discapacidad, niños, adultos mayores
$505.303 $558.973 $3.996 / $4.436
5ª — Tareas generales
Limpieza, lavado, planchado, cocina y tareas típicas del hogar
$458.053 $505.303 $3.734 / $3.996

* En la columna "Valor hora", el primer valor corresponde con retiro y el segundo sin retiro.

¿Cuándo se paga por hora y cuándo por mes?

La regla es simple:

Ejemplo: si tu empleada trabaja 3 días por semana (aproximadamente 18 horas), le pagás por hora. Si trabaja 4 o más días, probablemente supere las 24 horas y debés liquidar por el valor mensual proporcional.

Preguntas frecuentes

Mi empleada limpia y cuida a mis hijos, ¿qué categoría le corresponde?

Cuando realiza tareas de más de una categoría, le corresponde la remuneración de la categoría mejor remunerada. En este caso, cuidado de personas (4ª) es mejor remunerada que tareas generales (5ª), por lo que aplica la escala de 4ª categoría.

¿Corresponde adicional por antigüedad?

Sí. Se paga un 1% por cada año de antigüedad sobre el salario mensual, a partir del 1° de septiembre de 2021. La antigüedad se computa desde el 1° de septiembre de 2020.

¿Hay diferencia si vivo en el interior del país?

Sí. Si el empleador está en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego o el Partido de Patagones (Buenos Aires), corresponde un adicional de zona del 31% sobre los salarios mínimos.

¿Qué más debo abonar además del sueldo?

Además del salario básico, debés considerar: aguinaldo (SAC) en junio y diciembre, vacaciones según antigüedad, y aportes y contribuciones al ANSES y obra social. La liquidación completa incluye todos estos conceptos.

¿Cómo registro a mi empleada en AFIP?

Debés inscribirla en AFIP como empleador de casas particulares y abonar mensualmente las cargas sociales. El trámite se hace online a través del servicio "Simplificación Registral" de AFIP. Si no lo hiciste, regularizá la situación cuanto antes — evitás multas y protegés a tu empleada.

¿Necesitás que te liquidemos el sueldo?

Nos encargamos de toda la liquidación mensual: recibo de sueldo, cargas sociales y presentación en AFIP. Sin trámites, sin demoras.

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